Un tipo del 4 % con condiciones
La Zona Especial Canaria es un régimen autorizado por la Unión Europea que permite a determinadas entidades tributar al 4 % en el impuesto de sociedades sobre la parte de base imponible correspondiente a sus operaciones admitidas, muy por debajo del tipo general estatal.
Requisitos principales
La entidad debe ser de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en Canarias, tener al menos un administrador residente, realizar una actividad incluida en la lista de sectores admitidos y cumplir umbrales mínimos de inversión y de creación de empleo en los primeros meses de actividad, mayores en las islas capitalinas.
Cómo se solicita
Se presenta una memoria descriptiva del proyecto ante el Consorcio de la ZEC, que resuelve la autorización previa; después se constituye la sociedad y se inscribe en el Registro Oficial de Entidades ZEC. Es imprescindible planificar la secuencia, porque la sociedad debe crearse tras la autorización.