Qué es la ZEC y qué ventajas fiscales ofrece a las empresas

Tributación al 4 %, requisitos de empleo e inversión y actividades admitidas en la Zona Especial Canaria.

Un tipo del 4 % con condiciones

La Zona Especial Canaria es un régimen autorizado por la Unión Europea que permite a determinadas entidades tributar al 4 % en el impuesto de sociedades sobre la parte de base imponible correspondiente a sus operaciones admitidas, muy por debajo del tipo general estatal.

Requisitos principales

La entidad debe ser de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en Canarias, tener al menos un administrador residente, realizar una actividad incluida en la lista de sectores admitidos y cumplir umbrales mínimos de inversión y de creación de empleo en los primeros meses de actividad, mayores en las islas capitalinas.

Cómo se solicita

Se presenta una memoria descriptiva del proyecto ante el Consorcio de la ZEC, que resuelve la autorización previa; después se constituye la sociedad y se inscribe en el Registro Oficial de Entidades ZEC. Es imprescindible planificar la secuencia, porque la sociedad debe crearse tras la autorización.

Preguntas frecuentes

¿Puede una empresa ya existente acogerse a la ZEC?
El régimen exige entidades de nueva creación, aunque un grupo empresarial puede constituir una nueva sociedad canaria para la actividad admitida.
¿La ZEC es compatible con otros incentivos del REF?
Es compatible con determinados incentivos, con límites y reglas de acumulación que conviene analizar caso por caso.

¿Necesita ayuda con este tema? Consulte nuestro servicio de Invertir en Canarias: incentivos fiscales y acompañamiento o escríbanos.