Cómo darse de alta como autónomo en Gran Canaria, paso a paso

Alta censal, RETA, elección de base y tarifa plana: el recorrido completo antes de emitir la primera factura.

1. Alta censal en Hacienda

Antes de iniciar la actividad se presenta el modelo 036 o 037 indicando el epígrafe del IAE, el domicilio de actividad y las obligaciones fiscales: IGIC, retenciones y pagos fraccionados de IRPF.

2. Alta en el RETA

El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos debe hacerse hasta 60 días naturales antes del inicio de la actividad y nunca después. Se elige la base de cotización según el rendimiento neto previsto, dentro del sistema de cotización por ingresos reales, que se regulariza al año siguiente.

3. Tarifa plana y bonificaciones

Los nuevos autónomos pueden acogerse a la cuota reducida durante los primeros doce meses, prorrogables si los rendimientos quedan por debajo del salario mínimo. Conviene comprobar además las bonificaciones autonómicas y las de personas con discapacidad o menores de 30 años.

4. Obligaciones periódicas

A partir del alta hay que llevar los libros registro, presentar el modelo 420 de IGIC, el 130 de pago fraccionado del IRPF y, si hay trabajadores o alquiler, las retenciones correspondientes.

Preguntas frecuentes

¿Puedo darme de alta en el RETA sin darme de alta en Hacienda?
No. El alta censal en Hacienda es previa y determina las obligaciones fiscales asociadas a la actividad.
¿Cuánto cuesta la cuota de autónomo el primer año?
Con la cuota reducida vigente se paga una cantidad fija muy inferior a la ordinaria durante los primeros doce meses, siempre que se cumplan los requisitos de nuevo alta.

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