Herencias

Abogado de herencias en Gran Canaria

Tramitamos herencias completas en Gran Canaria, desde la obtención de los certificados hasta la inscripción de los bienes a nombre de los herederos, y resolvemos los conflictos que surgen en el reparto.

Tramitación de la herencia

Obtenemos el certificado de defunción, el de últimas voluntades y las copias del testamento o la declaración de herederos, inventariamos el caudal hereditario y preparamos la escritura de aceptación y adjudicación ante notario.

Impuesto de sucesiones en Canarias

Canarias aplica bonificaciones muy relevantes en la cuota para los herederos de los grupos I y II, pero exige presentar la autoliquidación dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento, prorrogables. Calculamos el impuesto, la plusvalía municipal y gestionamos la presentación ante la Agencia Tributaria Canaria.

Testamentos y conflictos entre herederos

Planificamos la sucesión con testamentos que respetan la legítima y evitan litigios, y cuando el conflicto ya existe intervenimos en la división judicial de la herencia, la impugnación del testamento y las reclamaciones por desheredación.

Preguntas frecuentes

¿Se paga impuesto de sucesiones en Canarias?
Los herederos de los grupos I y II disfrutan de una bonificación muy amplia en la cuota, pero la declaración debe presentarse igualmente en plazo.
¿Cuál es el plazo para aceptar la herencia?
El impuesto debe autoliquidarse en seis meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga de otros seis si se solicita dentro de los cinco primeros meses.